sábado, 9 de octubre de 2010

NO ES EXIGIBLE EL COMPROBANTE DE PAGO DEL SEGURO


Si bien esta información ya la habíamos publicado un tiempo atrás, consideramos importante recordarla por la proximidad de las vacaciones y además porque en esta época muchos decidimos aprovechar el buen clima para tomarnos unos días en las sierras. Con este incremento de autos en las rutas, también crece el número de controles y debemos estar preparados para ello.

Lo que deben saber es que la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) el día 4 de agosto de 2009 emitió la resolución Nº 34225 que, entre otras cosas, dice que no es exigible la presentación del comprobante de pago del seguro durante un control, pero sí lo es el certificado de cobertura provisto por la Compañía aseguradora (generalmente es una tarjeta con los datos del asegurado, del vehículo y de la póliza). Textualmente la resolución dice en su artículo 4º Inciso G:

“La posesión de este comprobante obligatorio (se refiere al Certificado de Cobertura) será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el artículo 68 de la Ley Nº 24449. Conforme el artículo 2º de la Disposición Nº 70/2009 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo, no podrá ser aducida por la Autoridad de Constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.”

Consideramos de suma importancia esta información, especialmente para aquellas personas que abonan sus cuotas de seguro a través de débito en cuenta o tarjetas de crédito, quienes habitualmente tienen inconvenientes por no poseer un comprobante de pago.

Si desea recibir el texto completo de la resolución para poder imprimirlo y llevarlo en el vehículo (porque muchas veces los oficiales que hacen el control desconocen esto), por favor escribanos a
consultas@gbaseguros.com.ar

viernes, 8 de octubre de 2010

¿Qué Datos debo intercambiar en un accidente de Tránsito?

- Nombre del titular y/o conductor del vehículo*
- Teléfono
- Vehículo (marca, modelo, color)
- Patente*
- Compañía Aseguradora*
- Número de Póliza
- Fecha y hora del siniestro
- Lugar del hecho (calles, altura, etc)


* Los datos marcados de esta forma son indispensables para identificar la Aseguradora, el vehículo y el titular de la póliza en caso de que usted desee iniciar un reclamo en la Compañía de esta persona.

Por supuesto que en el caso en que haya un lesionado, se debe tomar nota también de los datos de la persona herida (nombre y apellido, domicilio, teléfono, descripción de la lesión, etcétera).

Sugerimos imprimir esta nota y llevarla siempre en su vehículo junto con un bolígrafo y su póliza de seguros (o la tarjeta que su Compañía le haya provisto para circular) porque con el estrés propio de la situación dificilmente recuerde qué datos debe intercambiar.

miércoles, 31 de marzo de 2010

ASEGURE LA TRANQUILIDAD DE SU FAMILIA A SOLO $9 POR MES !!!

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES EN TRÁNSITO

Ahora con Mercantil Andina y GBA-Asesores en Seguros podés asegurar tu vida contra todos los riesgos a los que estas expuesto a diario mientras circulas en la calle, garantizando así la tranquilidad de tu familia.

SUMA ASEGURADA: $ 100.000

COBERTURA: La pérdida de la vida como consecuencia de un accidente de tránsito, como peatón, conductor de automóvil particular (sin actividad comercial), pasajero de vehículo de transporte público terrestre de personas o en servicios aéreos comerciales regulares.

BENEFICIOS ADICIONALES: El titular puede incorporar a su cónyuge, con igual costo del titular pero aumentando un 20% la suma asegurada para ambos. Es decir que si se aseguran el titular y su cónyuge, abonarán $18 en total y tendrán una suma asegurada de $ 120.000 cada uno.

BENEFICIARIOS: El/los beneficiario/s para el asegurado titular lo designa libremente el asegurado, pudiendo asignarles diferentes porcentajes a cada uno. En caso de no haberlos designado, se indemnizará a los herederos legales.
En cambio el beneficiario del cónyuge es siempre el asegurado titular.

REQUISITOS:
Edad mínima de ingreso: 18 años
Edad máxima de ingreso: 64 años
Edad máxima de permanencia: 65 años

COSTO MENSUAL
Titular: $9
Titular + Cónyuge: $18

VIGENCIA: Anual, con renovación automática


TAMBIÉN PUEDE OPTAR POR COBERTURAS MÁS COMPLETAS, QUE INCLUYAN INCAPACIDAD TOTAL O PARCIAL PERMANENTE, GASTOS DE SEPELIO Y GASTOS MÉDICOS Y FARMACÉUTICOS; Y QUE NO SÓLO LO CUBRAN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO SINO POR CUALQUIER CAUSA ACCIDENTAL EN HORARIO LABORAL E IN ITINERE O DURANTE LAS 24 HORAS. --- CONSULTE COSTOS ---


Para comunicarse con nosotros.

gbaseguros@gmail.com
consultas@gbaseguros.com.ar


Mario Alagia
Productor Asesor de Seguros
Mat.: 67165
Cel.: (0351) 153944663